Apatyabakero 169 ora OIT anta nampitsi asháninka aisati atiripaye saikajeiteri aparopaiteni = OIT n°169 num inia wegantu aidau batsatbau pachisa chicham jintiagbau 1989 = Seneanbekonkanti koshi joibo OIT 169 wetsa joi yoyo ikai joniboki ikaa, jatonbiribi apoya ani jemabo ikain 1989 = Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes / Organización Internacional del Trabajo.
Por: Perú. Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos.
Tipo de material: LibroSeries Documento de trabajo. Editor: Lima : Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano, 1989Descripción: 92 páginas ; ilustraciones ; 21 cm.Tema(s): ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO | DERECHOS CULTURALES | PUEBLOS INDÍGENAS | DERECHOS INDÍGENAS | LENGUAS INDÍGENAS | ACUERDOS INTERNACIONALES | LEGISLACIÓN | PUEBLOS TRIBALES | DERECHOS HUMANOS | ASHANINKA, LENGUA INDÍGENA | AWAJÚN, LENGUA INDÍGENA | SHIPIBO-KONIBO, LENGUA INDÍGENA | PERÚ | AMAZONÍARecursos en línea: Texto completo en pdfTipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Libro | Biblioteca IIAP Iquitos | LIB04759 (Navegar estantería) | Disponible | L-004815 |
Edición en: Ashaninka, Awajun, Shipibo Konibo y Castellano.
Desde su creación en 1919, la OIT ha prestado especial atención a la situación de los pueblos indígenas y tribales. En 1957, se adoptó un primer instrumento internacional vinculante, el Convenio núm. 107 sobre Poblaciones indígenas y tribales en países independientes. En junio de 1989, la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT adoptó en forma tripartita con participación de los gobiernos, organizaciones de empleadores y de trabajadores, el Convenio núm. 169 sobre Pueblos indígenas y tribales en países independientes. En el proceso de revisión del Convenio (1987-1989) también fueron consultados y participaron un gran número de pueblos indígenas y tribales.
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